Print

TEÓFILO CABALLERO

En reiteradas oportunidades se ha dicho que sin Pacto Fiscal no puede haber autonomías. Y es así; no se puede hablar de un país con cuatro niveles de autonomías si el presupuesto público está concentrado en manos del Gobierno Central. De los Bs. 221.181 millones programados este 2015, el 89% del total del presupuesto está asignado al Gobierno y, apenas Bs. 25.095 que equivalen a un 11%, se distribuyen entre 339 municipios, 9 gobernaciones y 11 universidades públicas. Y hacemos hincapié una vez más, estas entidades públicas son las que están más cerca del vecino, por tanto son las que conocen a plenitud las necesidades insatisfechas de sus habitantes.

El establecimiento de un Pacto Fiscal en Bolivia está establecido claramente en la Ley No 031, Ley Marco de Autonomías promulgada el 19 de julio de 2010, que señala en su disposición transitoria Décima Séptima que quién debe elaborar la propuesta técnica debe ser el Servicio Estatal de Autonomías y que en la misma se deben analizar “…las fuentes de recursos públicos en relación con la asignación y el ejercicio efectivo de competencias de las entidades territoriales autónomas y el nivel central del Estado”. O sea aquí la ley en forma explícita señala que el Pacto Fiscal debe establecer la cantidad de recursos que se deben distribuir a los municipios y gobernaciones y que los mismos deben ser los necesarios y suficientes para asumir las competencias que el centralismo gubernamental vaya a crear, o vaya a traspasar a los departamentos. Decir lo contrario es caer en un cinismo inédito en Bolivia. Esta misma disposición transitoria señala que en “un plazo no mayor a 6 meses después de publicados los resultados oficiales del próximo Censo Nacional de Población y Vivienda, la propuesta técnica del Pacto Fiscal deberá ser presentada al Consejo Nacional de Autonomías a fin de desarrollar un proceso de concertación nacional y regional…”.

Los resultados oficiales del cuestionado Censo Nacional de Población y Vivienda fueron presentados al país y la comunidad internacional a través del D.S. 1672 de fecha 31 de julio de 2013 que en su artículo único estableció que la información oficial del Censo 2012 se constituye en la “información oficial” del Estado Plurinacional. O sea que la “propuesta técnica” debió ser presentada el 31 de enero de 2014, hace 14 meses aproximadamente. El Comité Pro Santa Cruz fue la única institución que reclamó a los 4 vientos de este incumplimiento gubernamental, el cual fue acompañado de un silencio cómplice de la institucionalidad cruceña, excepto la Gobernación de Santa Cruz y el Alcalde de San José Germaín Caballero quienes públicamente acompañaron y se sumaron a este reclamo.

Cuál ha sido el camino y los prejuicios que el centralismo gubernamental le ha puesto al Pacto Fiscal?, “olvidándose” que quienes aprobaron la Ley 031 fueron sus mismísimos diputados y senadores del Movimiento al Socialismo con su abrumadora mayoría de los 2/3. “quieren pacto fiscal para dividir Bolivia”, “quieren pacto fiscal para cercenarle recursos a Tarija”, “no hay resultados oficiales del Censo 2012”, “el INE no concluyó con el vaciado de todas las variables del Censo 2012”, etc. En este año 2015 se continuó con los prejuicios señalando “no hay cartas orgánicas y estatutos por lo que no se puede tratar el Pacto Fiscal”, o “quieren dejar un Estado raquítico sin capacidad de ejecutar proyectos de desarrollo”.

Ante la ausencia del Pacto Fiscal, el centralismo gubernamental ha traspasado parte de sus obligaciones a los departamentos como financiar el 30% de la Renta Dignidad con los recursos del IDH de gobernaciones y municipios, 10% del IDH para el equipamiento de la Policia Nacional, traspaso de ítems de salud, Pago del 100% de los prediarios de las cárceles públicas con cargo a las Gobernaciones junto al traspaso de los hospitales de tercer nivel sin un solo centavo para atender dichas obligaciones. Y el gobierno lo hizo sin esperar cartas orgánicas ni Estatutos aprobados.

Y si seguimos postergando el tratamiento del Pacto Fiscal el centralismo seguirá traspasando responsabilidades sin el acompañamiento de recursos necesarios incumpliendo el Art. 305 de la Constitución que señala “toda asignación o transferencia de competencias deberá estar acompañada de la definición de la fuente de los recursos económicos y financieros para su ejercicio”. Le damos la palabra a los Alcaldes y Gobernadores electos el 29 de marzo que se enfrentan a dos opciones, o reclaman por un mejor presupuesto para atender necesidades de la gente que los eligió con su voto, o agachan la cabeza y se someten servilmente al centralismo gubernamental que maneja Bolivia desde 1825.

Tomado de eldeber.com.bo