WILLIAM HERRERA 

Mientras en las reformas constitucionales del siglo pasado se buscaba atemperar los rigores del sistema presidencial, las de este siglo buscan la forma de concentrar aún más el sistema presidencial.

A esta concentración absoluta del poder se llama el hiperpresidencialismo, que se viene imponiendo en los países que promueven el socialismo del siglo XXI. Estos líderes, una vez elegidos y ascendidos al Gobierno, no han tenido reparo en cuestionar la propia institucionalidad que les permitió, en su momento, acceder al poder, ya que luego han transformado las reglas del juego a su favor.

CARLOS ALBERTO MONTANER

Raúl Castro viajó al Vaticano y se encontró con el Papa Francisco. La conversación, a puerta cerrada, aparentemente fue muy satisfactoria para el dictador cubano. Declaró que, si el papa seguía por ese camino, “yo volveré a rezar y volveré a la Iglesia”. Al fin y al cabo –agregó–, “siempre estuve en escuelas de jesuitas”.

Pese a esa oportunista promesa de recuperación de la fe, en realidad se trataba de la reunión entre dos jefes de Estado, no entre correligionarios.

Raúl es el Presidente de una nación comunista –una de las pocas que quedan en el mundo–, y el Papa, al margen de su condición de cabeza del catolicismo, es el monarca de un minúsculo Estado cuya independencia fue reconocida por Benito Mussolini. Desde el punto de vista político, no hay duda de que se trata de dos fenómenos excéntricos diferentes, pero con algún parecido formal.

El Papa, en su condición de Jefe de Estado, es una especie de rey dotado de poderes absolutos, elegido por un pequeño número de cardenales, todos ellos varones célibes, generalmente de edad madura.

Raúl, impuesto por su hermano Fidel, es un Presidente, también provisto de poderes absolutos, supuestamente seleccionado por el Consejo de Estado, un minúsculo grupo de diputados compuesto en gran medida por militares pertenecientes a la Asamblea Nacional del Poder Popular, cuyos miembros son escogidos en unos comicios de partido único.

En rigor, la autoridad que ostentan los dos Jefes de Estado nada tiene que ver con los procesos plurales y abiertos de la democracia liberal. Ello acaso explica la tradicional frigidez del Vaticano ante la falta de libertades. Por eso Roma pudo firmar concordatos con la España de Franco en 1953, o con el sanguinario Trujillo de República Dominicana en 1954. A ninguno de estos dos países el papa Pío XII les exigió un cambio de conducta para firmar acuerdos. Los objetivos de la Iglesia eran de otra índole

JOSÉ RIVERA

En un Estado constitucional de Derecho, el sistema judicial cumple funciones esenciales como las de garantizar la estabilidad del sistema político y del régimen democrático racionalizando el ejercicio del poder político, a través de un control jurisdiccional sobre los actos de quienes detentan el poder político y el poder económico; preservar la plena vigencia de los principios democráticos; garantizar la convivencia pacífica, resguardando y protegiendo los derechos humanos y fundamentales; pacificar la Sociedad, resolviendo los conflictos y controversias emergentes de la aplicación de la Constitución y las leyes; y garantizar la seguridad jurídica y ciudadana.

VÍCTOR PAVÓN 

Cada vez que se escucha sobre la reelección presidencial en cualquier país, debemos tomar en cuenta y exigir que un nuevo mandato no puede quedar sujeto a la decisión del poder constituido, esto es, a la decisión de los legisladores y jueces que ocupan un cargo al momento de tener que decidir si el presidente en ejercicio debe ser reelegido por otro período.

Desde su origen en Atenas, la democracia se ha caracterizado por su dinámica política y electoral. Y es por esa naturaleza político electoral que muchas veces la democracia ha caído presa del ansia de poder ilimitado por parte de los gobiernos. Si, por una parte, la democracia es capaz de promover al Estado de Derecho; por otro parte, también se ha degenerado para convertirse en una seudo democracia en la que los derechos de libertad y propiedad son continuamente atacados por la corrupción y el populismo.

Esa degeneración institucional puede darse aquí en Paraguay en caso que prospere, al menos eso es lo que parece estar tramándose, la reelección presidencial mediante la enmienda constitucional o el procedimiento del referéndum. Si así ocurriere, el hoy primer mandatario terminará lamentablemente por convertirse en el primer mandante, el que se sirve de los que en su momento le votaron.

La reelección del presidente de la República por el cual se le extiende el mandato a una persona por otro período, sea consecutivo o alternado, requiere de reconocer la notable pero no siempre comprendida diferencia entre el poder constituido y el poder constituyente. Tal como dice su nombre, el poder constituido está conformado por aquellos que tienen en el presente un mandato electivo, administrativo o judicial